La identidad de un negocio no siempre cabe en un nombre o un logotipo. Un sonido reconocible, la presentación constante de un establecimiento o incluso un elemento sensorial pueden ayudar al público a identificar el origen de un producto o servicio. En México, algunos de estos signos pueden recibir protección como marcas no tradicionales si cumplen los requisitos legales aplicables.
La apertura del sistema mexicano a este tipo de signos comenzó con la reforma de 2018 a la legislación de propiedad industrial y se conserva en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El cambio amplió las herramientas disponibles para proteger experiencias de marca que antes resultaban difíciles de encuadrar.
Qué es una marca no tradicional
Una marca permite distinguir productos o servicios de otros de su misma especie o clase. Cuando el elemento distintivo no consiste únicamente en palabras o imágenes estáticas, suele hablarse de una marca no tradicional.
Entre las modalidades que pueden analizarse se encuentran:
- Marcas sonoras: sonidos o combinaciones de sonidos asociados con determinados productos o servicios.
- Marcas olfativas: aromas que pueden identificarse de forma suficientemente clara y que no derivan de la naturaleza o función del producto.
- Imagen comercial: la combinación reconocible de elementos operativos y de presentación, como formas, colores, tamaños, diseños, etiquetas, empaques o la disposición de un establecimiento.
- Signos holográficos y otros elementos de presentación: su procedencia dependerá de que puedan representarse y distinguirse con claridad.
No basta con que el elemento sea original o atractivo. Para funcionar como marca debe ser capaz de indicar un origen empresarial y no puede caer en prohibiciones legales, ser meramente descriptivo o responder solo a una función técnica.
El reto de representar y acreditar el signo
Una solicitud debe permitir que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el público y posibles competidores comprendan con precisión qué se pretende proteger. Por ello, el formato de representación cambia según la modalidad: un archivo de audio puede ser relevante para un sonido, mientras que una descripción y material gráfico congruentes pueden ser necesarios para una imagen comercial.
Antes de presentar la solicitud conviene responder tres preguntas:
- ¿El público reconoce el elemento como indicador de una empresa concreta?
- ¿Puede describirse de manera objetiva, estable y comprensible?
- ¿El elemento es distintivo o solo cumple una función ornamental, descriptiva o técnica?
La evidencia de uso, la consistencia de la presentación y el análisis de antecedentes pueden ser importantes, pero su relevancia depende de la clase de signo y de las circunstancias de la solicitud.
Marca, aviso comercial y nombre comercial no son lo mismo
Estas figuras protegen aspectos distintos de la identidad de un negocio.
Marca
Identifica productos o servicios. El derecho exclusivo se obtiene mediante registro ante el IMPI y se delimita, entre otros factores, por los productos o servicios indicados en la solicitud.
Aviso comercial
Protege una frase u oración utilizada para anunciar al público un establecimiento, una negociación, productos o servicios. En términos cotidianos, suele corresponder al eslogan. También se solicita ante el IMPI, pero su objeto no es el nombre del producto ni el logotipo, sino la expresión publicitaria.
Nombre comercial
Identifica a una empresa o establecimiento en su actividad y ámbito efectivo. Su protección se relaciona con el uso, y su publicación ante el IMPI cumple una función diferente al registro de una marca. El alcance debe analizarse a partir de la clientela y presencia comercial acreditables.
Una denominación social autorizada para constituir una empresa tampoco sustituye, por sí sola, el registro de marca. Cada figura responde a una finalidad distinta.
Cómo construir una estrategia integral
Un negocio puede necesitar más de una protección. Por ejemplo, podría registrar el nombre de su servicio como marca, su frase publicitaria como aviso comercial y una presentación distintiva como imagen comercial. La estrategia adecuada depende de cómo se relaciona el público con la empresa y de cuáles elementos generan valor.
Un inventario inicial puede incluir:
- nombres de productos, servicios y líneas de negocio;
- logotipos y variantes utilizadas;
- eslóganes vigentes;
- sonidos o presentaciones constantes;
- empaques, uniformes, interiores y experiencias visuales;
- territorios, canales y clases de productos o servicios relevantes.
Con esa información es posible priorizar solicitudes, evitar duplicidades y decidir qué elementos todavía necesitan consolidar su uso o distintividad.
La protección de signos no tradicionales requiere delimitar cuidadosamente el objeto solicitado. Una descripción demasiado amplia puede generar objeciones y una demasiado estrecha puede dejar fuera elementos valiosos. La revisión de disponibilidad y registrabilidad debe hacerse antes de invertir en una solicitud o campaña.
Fuente oficial
El marco aplicable se encuentra en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que regula las marcas y otras figuras de propiedad industrial en México.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. La estrategia y los requisitos dependen de los hechos, documentos, jurisdicción y normativa aplicable a cada caso.


