Heredar una propiedad no solo es un hecho posterior a la muerte, sino también conlleva un un procedimiento judicial denominado “Sucesión”, que es poner en conocimiento de un juez o notario el hecho de que una persona ha fallecido para acceder a sus bienes, que, forman parte de un haber patrimonial conocido como “Herencia”. Recuerda que dejar un testamento es la mejor forma de que tu voluntad continúe, aún después de tu muerte y también es una la mejor forma de evitar conflictos familiares.
Denuncia de la Sucesión
En términos de la legislación civil para la Ciudad de México, el procedimiento de denunciar la sucesión está regulado por el Código Civil Federal, en sus artículos 1281 al 1375. Como lo mencionaba, la Sucesión es el proceso legal, por el cual se transmiten bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos, formando así la masa hereditaria o herencia.
En México, existen dos tipos de sucesión, que son:
1).- Sucesión testamentaria, ocurre cuando, sí hay testamento; y
2).- Sucesión intestamentaria o legítima, que es cuando:
2.1 No hay testamento
2.2. Existe testamento pero es declarado nulo o sin validez
2.3. Cuando el testador no dispuso de todos sus bienes
2.4 Cuando no se cumplan las condiciones impuestas al heredero en el testamento
2.5 Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, sin haber nombrado un heredero o legatario sustituto.
Vías para reclamar la herencia
La manera de denunciar el fallecimiento de una persona para poder acceder a la herencia, es mediante un juez o notario público, y para ello, siempre deberás contar con copia simple o certificada del acta de defunción.
Por regla general, exista testamento, o no, podrás denunciar la sucesión ante un notario público, cuando:
- Todos los herederos se encuentran presentes,
- Todos los herederos sean mayores de 18 años,
- No existan personas con alguna discapacidad,
- Que los inmuebles que formen parte de la herencia no tengan ningún adeudo, hipoteca o estén en juicio.
Si no cumples cualesquiera de los requisitos anteriores, entonces, deberás denunciar la sucesión tengas o no testamento forzosamente ante un juez de lo familiar.
Conclusión: Otorga testamento
Recuerda que cuando otorgas un testamento, aseguras que se cumpla tu voluntad y que tus bienes se transmitan conforme a las decisiones que tomaste en vida.
En cambio, si no otorgas testamento, la ley sustituye tu voluntad y determina quiénes heredarán, siguiendo el orden de preferencia que marca la legislación vigente.
Por ejemplo, cuando no dejas testamento, por ley tienen prioridad tus descendientes, cónyuge, ascendientes y, en su caso, los parientes colaterales.
En QP Abogados contamos con amplia experiencia en la regularización de propiedades heredadas, ya sea ante notario público o juez familiar, según corresponda al caso.¿Necesitas iniciar o continuar un trámite de sucesión?
Agenda una cita en qpabogados.com y recibe una asesoría personalizada, para que puedas acceder a tu herencia de forma legal, segura y sin complicaciones.ciones.
